
6 de Octubre.- -¿Viena Directo, Servicio Público, dígame?
-Buenos días.
-Buenas ¿En qué puedo ayudarle?
-Verá yo quería preguntarle cómo funcionan los impuestos en Austria para los españoles. Le comento un poco mi caso. Yo soy un chico de Mérida. A finales del año 2007 conocí a un austriaco que estaba haciendo un Erasmus. Bueno, nos enamoramos y, después de mantener una relación a distancia durante dos años...
-Qué valor.
-Sí (risas) pues después de dos años de relación a distancia, yo decidí venirme aquí. Con las cosas como están en España…Decidí probar suerte. Además, era más práctico que yo me viniese aquí que condenarle a él al paro en España.
-Claro, claro. Me hago cargo.
-Bueno: pues yo llevo ya un año y medio aquí. Durante los primeros seis meses, no trabajé, porque no tenía ni idea de alemán. Estuve haciendo cursos y eso, dando clasecillas de español…Vamos, lo normal. Pero hace unos meses encontré un trabajo de camarero a media jornada en un hotel, para el servicio de desayunos. Y ahí sigo. El caso es que no sé cómo funciona lo de la declaración de la renta en Austria o si tengo que hacer también la declaración de la renta en España.
-Bueno, pues lo primero, tranquilizarle. No tiene que hacer la declaración de la renta en España. Existe un convenio entre el Estado austriaco y el español para evitar la doble tributación, así que las rentas que se generan en Austria, tributan en Austria y las rentas que se generan en España pagan impuestos en España ¿Tiene usted alguna renta en España?
-¿Yo? ¡Qué voy a tener! ¡Pero si no tengo dónde caerme muerto! (risas)
-(Risas) No, no, oiga. Podría ser que usted tuviera, por ejemplo, un piso alquilado en Mérida. En ese caso, tendría usted que pagar impuestos por ese piso en España. De todas maneras, su caso es el más fácil. Al estar cobrando una nómina, el Estado Austriaco le quita sus impuestos y no tiene usted, en principio, que hacer nada más. Ahora bien: es más que probable que usted se encuentre, por ingresos, en el límite exento de tributación.
-¿Y eso qué significa?
-Muy fácil: que usted, por lo que gana al año, no llega al tope a partir del cual se exige hacer la declaración de la renta.
-Anda.
-Yo que usted me pondría en contacto con el Finanzministerium, ya que si hace usted la declaración, es casi seguro que le saldrá a devolver. Y oye, no será mucho, pero le dará para darse una cenita con su novio, que eso siempre es bueno para la relación.
-Joé, qué bien. Oiga, otra cosa. Mi novio y yo no estamos casados (bueno, o como se llame aquí) pero me ha dicho un amigo que, en caso de que yo me quede en paro y mi novio esté trabajando, yo me podría asegurar con él en su misma cartilla de la seguridad social ¿Es verdad?
-Sí: es verdad ¿Está usted empadronado? O sea, ¿Ha rellenado usted la Meldezettel?
-Sí, sí. Nada más llegar.
-Entonces, no tendrá usted problema. La única condición que se exige para asegurarse con su pareja, es la firma de él, como asegurado llamémosle “principal” y luego que ustedes hayan estado empadronados en el mismo domicilio más de un año. Es el requisito que el Estado Austriaco utiliza para probar que ustedes tienen una relación familiar. A partir de ahí, después de hacer unos trámites burocráticos sencillísimos en la Krankenkassa correspondiente, su novio recibirá una carta de pago todos los meses con lo que cuesta el seguro. Probablemente unos setenta u ochenta euros. Mucho más barato, en cualquier caso, que si usted fuera al médico a capón. ¿Alguna pregunta más?
-No, no, creo que ya me las ha contestado usted todas. De todas maneras, si necesitara algo, ya me volvería a poner en contacto con usted.
-Aquí estaré. Que pase usted un buen día.
-Muchas gracias ¿Eh?
-Nada, nada. A mandar.
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