Mucha gente tenía sus esperanzas puestas en el Constitucional austriaco, querían dejar de pagar la ORF. De momento, va a ser que no.
4 de Julio.- El día 1 de enero entró en vigor el nuevo sistema de financiación de la ORF. La principal novedad de este nuevo sistema, que sustituía al denostado GIS, era que se establecía una tasa obligatoria, pagadera por hogar, independiente de que se tuviera aparato receptor (tele) o no. La explicación era sencilla: todo el mundo tiene en estos momentos la posibilidad de utilizar online los servicios de la ORF.
El cambio se debió a una decisión del Constitucional austriaco. Un ciudadano se quejó de que él tenía que pagar por la ORF (de nuevo, el denostado GIS) mientras que las personas que no tenían tele podían ver la tele y enterarse de las noticias cómodamente (y gratis) por internet.
Naturalmente, mucha gente que no pagaba ahora tiene que pagar, y los que pagábamos antes pagamos menos (de hecho, uno piensa que pagar por la ORF, dada calidad más que decente, es mucho mejor que pagar por Netflix, por ejemplo). Este descontento fue utilizado por determinadas opciones políticas (o sea, la extrema derecha) para intentar boicotear la reforma. El objetivo de la extrema derecha es terminar con una ORF crítica, que sigue haciéndole preguntas incómodas a los políticos. Preguntas a las que los políticos, de forma creciente, no están acostumbrados.
El medio de hacerlo es controlando la financiación, si no puede ser cerrándola.
Un grupo de ciudadanos, 331, animado por la retórica incendiaria de los deréchers, interpuso una querella colectiva ante el Tribunal Constitucional austriaco. Querían que la norma que consagraba el nuevo sistema de financiación de la ORF fuera anulada.
El constitucional austriaco ha dado hoy su veredicto y ha desestimado la demanda por defecto de forma, con el argumento de que el Alto Tribunal no es el lugar adecuado para interponer una demanda semejante en primera instancia. Los demandantes se enfrentan ahora a la perspectiva de seguir pagando mientras inician (o no) el que promete ser un largo camino judicial.
En primer lugar, tendrán que quejarse a la empresa recaudadora del impuesto (OBS), después, si no obtienen una respuesta satisfactoria, tendrán que acudir a los tribunales ordinarios y si estos tampoco les dan la razón, podrán acudir a los tribunales ordinarios y, eventualmente, al Constitucional.
El Alto Tribunal austriaco argumenta que el legislador tiene dispuesto que las demandas individuales ante el Constitucional deben ser un fenómeno excepcional. Los requisitos para que sean posibles están claramente tasados y uno de ellos es que los demandantes no tengan a su alcance ninguna otra vía legal para defender sus intereses.
Los demandantes argumentaban que los costes y el tiempo que se tardaría en recurrir por la vía normal no eran aceptables para una persona normal.
El Constitucional no ha apreciado que tuvieran razón.
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